Capítulo 4 ORGANIZACIÓN | ||||||
Sección 2ª ÓRGANOS AUTONÓMICOS DE GOBIERNO | ||||||
JUNTA AUTONÓMICA DE GOBIERNO | ||||||
33 - De la Junta Autonómica de Gobierno La Junta Autonómica de Gobierno asume la plena dirección y administración del Colegio para la consecución de sus fines, sin perjuicio de las competencias de la Asamblea General de colegiados, de la Asamblea de Juntas de Gobierno y de los Colegios Territoriales. | ||||||
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