| Capítulo 4 ORGANIZACIÓN | ||||||
| Sección 2ª ÓRGANOS AUTONÓMICOS DE GOBIERNO | ||||||
| JUNTA AUTONÓMICA DE GOBIERNO | ||||||
40   - Permanente de la Junta de Gobierno La Comisión Permanente estará constituida por el Decano, el Secretario y el Tesorero, que resolverán los asuntos de trámite, los delegados expresamente por la Junta de Gobierno y aquellos que sin haberlo sido se consideren urgentes por sus tres miembros, debiendo en este caso ser sometidos a ratificación en la primera sesión ordinaria de la Junta. Se reunirá cuando se considere conveniente a propuesta de dos de sus miembros. Las decisiones se adoptarán por mayoría.  | ||||||
	
  | 
	||||||