Capítulo 4 ORGANIZACIÓN | ||||||
Sección 3ª ÓRGANOS DE JUNTAS DE GOBIERNO TERRITORIALES | ||||||
EL PRESIDENTE DEL COLEGIO TERRITORIAL Y OTROS CARGOS DEL MISMO | ||||||
69 - El Presidente Corresponderá al Presidente de la Junta de Gobierno Territorial la representación del mismo. Corresponderá además al Presidente: a) Ordenar las convocatorias de Juntas de Gobierno Territoriales y de las Asambleas Territoriales. b) Visar cuantos documentos y asuntos sean necesarios extender y entender por el Colegio Territorial, libramientos y cuentas que presente la Junta de Gobierno Territorial. c) Autorizar con su V.° B.° las actas de la Asamblea Territorial. Las de la Junta de Gobierno Territorial y todas las certificaciones e informes expedidos por el Colegio Territorial. d) Establecer con carácter excepcional Comisiones o Ponencias que le asesoren en asuntos de su interés. e) Cualesquiera otras funciones que les asigne los Reglamentos de los Colegios Territoriales. | ||||||
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