Capítulo 6  RÉGIMEN ELECTORAL
Sección 2ª PROCEDIMIENTO ELECTORAL
RECLAMACIONES Y RECURSOS

101   - Reclamaciones y Recursos

Las reclamaciones sobre la convocatoria y la normativa electoral se dirigirán a la Junta Autonómica de Gobierno dentro de la semana siguiente a su publicación.

Los recursos contra el escrutinio y los resultados electorales se interpondrán directamente ante el Consejo Superior de los Colegios de Arquitectos en el plazo de 15 días a contar desde la publicación del resultado por circular.
 
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