Capítulo 4  ORGANIZACIÓN
Sección 2ª ÓRGANOS AUTONÓMICOS DE GOBIERNO
AGRUPACIONES VOLUNTARIAS DE ARQUITECTOS

56   - Presidente

Son funciones del Presidente las siguientes:

a) Convocar las sesiones, presidir y dirigir los debates de los Órganos de la Agrupación.

b) Representarla ante el Colegio y en todos aquellos casos para los que fuere facultado por la propia Agrupación o por el Colegio.

c) Administrar los fondos de la Agrupación y rendir cuentas de su utilización ante su Asamblea y ante el Colegio.
 
<< Artículo anterior


volver al índice