En general, la responsabilidad civil es la obligación que tiene una persona de reparar los daños y perjuicios producidos a otra. Dicha responsabilidad puede ser derivada del contrato o fuera de éste.
Es recomendable tener un seguro de responsabilidad civil para poder ejercer como Arquitecto. El seguro deberá ser de mayor o menor cobertura en función del PEM de las obras y la actividad en materia de Seguridad y Salud que uno supone pueda tener y de su situación laboral concreta (funcionario o libre, asociado y asalariado).
La compañía que mejor conoce la problemática de los arquitectos desde el encargo hasta la totalidad del período de responsabilidad decenal y, donde están afiliados el 96% de los profesionales colegiados del Estado Español es ASEMAS (http://www.asemas.es/).
Es importante contratar el seguro antes de presentar a visado el primer trabajo profesional. Como el alta en la mutua tarda varias semanas en hacerse efectiva, es necesario tramitarla con, al menos, un mes de antelación.